Casación No. 605-2009

Sentencia del 08/04/2011

“...En efecto, se ha determinado en jurisprudencia que los recursos de casación por quebrantamiento substancial del procedimiento, solamente serán admitidos, si se hubiere pedido la subsanación de la falta ante el tribunal que dictó la sentencia o el auto definitivo. En el presente caso, se establece que la administración tributaria para el planteamiento hecho para este submotivo, no cumple con el requisito indispensable contenido en la norma señalada anteriormente, razón por la cual, esta Cámara estima que no procede el recurso de casación por el submotivo invocado...”